EL PRIMER PASO HACIA LA INTEGRACIÓN MONETARIA

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SOBRE LOS CONVENIOS COMERCIALES FIRMADOS ENTRE BRASIL Y ARGENTINA, EN SEPTIEMBRE DE 2008.

Título Original: "REFORMA MONETARIA INELUDIBLE"
Octubre de 2006

Dentro del marco de la Integración Regional, particularmente con la incorporación de Venezuela en el MERCOSUR, resalta la importancia de una revisión del Sistema Monetario Nacional y de un ajuste del valor internacional de nuestro signo monetario de curso legal. Luego, estando sujeta a la productividad media de cada uno de los sectores de la producción interna, la pertinencia de una Reforma Monetaria en la actualidad descansa sobre al menos tres criterios que la fundamentan económicamente:
• La participación de la actividad petrolera dentro de la estructura porcentual de las exportaciones (80.0% en los últimos diez años y 86.6% en el 2005).
• La contribución de la actividad petrolera en la estructura porcentual de las importaciones (8.7% en el año 2005).
• El potencial de la integración energética a través de proyectos como el Gasoducto del Sur y Gasoducto Transcaribeño que ha de reducir la dependencia y el riesgo de los ingresos fiscales de origen petrolero.
Los dos primeros se suponen como las condiciones objetivas que implican un valor relativo y sub-regional del Bolívar que asimila y refleja las oportunidades y efectos de la prolongada y aún vigente “coyuntura petrolera”. Por su parte, los ingresos esperados de la producción y exportación de gas natural, estables y con una demanda en expansión, son los que subjetivamente prevén la sostenibilidad de un valor internacional del Bolívar en línea con los nuevos socios comerciales de la Unión, cuando el ingreso bruto esperado de la operatividad del Gasoducto del Sur aproxima el 58.9% del actual volumen de exportación petrolero, valorado a un precio de 25 US$ por barril.
De proceder la reforma monetaria se determinaría un tipo de cambio de 2.15 Bs./US$. Posteriormente, una vez realizados los ajustes determinados por los rezagos del tipo de cambio real, una tasa de cambio nominal que ha de fluctuar dentro de los límites establecidos por los tipos de cambio de Brasil y Argentina, por ejemplo.
Una tasa de cambio que fluctúe entre los 2.15 y 3.00Bs/US$ facilitaría el intercambio comercial entre los países miembros del MERCOSUR, cuando parte de las importaciones venezolanas de origen subregional pudiesen ser financiadas con nuestra moneda de curso legal, mientras que la demanda de importaciones del resto de los países miembros, serían honradas con su moneda correspondiente. La autoridad monetaria de cada miembro reservaría una cesta de monedas procedentes del intercambio comercial sub-regional y las Reservas Internacionales originadas del intercambio con el resto de países (no miembros) conservarían su denominación convencional, pero ahora dentro de un escenario favorecido por la desviación del comercio internacional hacia la región.
La revisión de nuestro sistema monetario es apenas un paso necesario dentro del complejo trayecto hacia la integración monetaria; definida y experimentada por los países europeos como una fijación irrevocable de los tipos de cambio entre los países miembros de una Unión Aduanera como mecanismo que aproxima a la moneda única.
La reforma monetaria no es una medida aislada. Es la integración regional la que obliga a una revisión del valor internacional de nuestro signo monetario.